BASTA DE CONTRATOS ESCLAVOS

BASTA DE CONTRATOS ESCLAVOS

miércoles, febrero 25, 2009

SEGUNDA NOTA, ENVIADA A LA MINISTRA DE DEFENSA

PUNTA ALTA, 25-02-09

Sra. Ministra de Defensa Dra. Nilda Garré
S/D

De mi consideración:

Con el debido respeto , me dirijo a Ud. , a los efectos de reiterarle, los conceptos expuestos en correo electrónico, enviado el 15-12-08, a continuación detallo los mismos:

Considero que los trabajadores civiles de las fuerzas armadas comprendidos bajo la LEY 20239/73-LEY MARCO y DECRETO 214/06, tenemos que cobrar la retribución vacacional, establecida en el artículo 155 de la LEY 20744 (LEY DE CONTRATO DE TRABAJO), necesitamos con carácter de MUY URGENTE, que se aplique dicho pago, dado que la misma Ley en su artículo 256, establece que los créditos tienen una duración de 2 años, nos estarían adeudando los períodos vacacionales del 2008 y del 2009.

Los trabajadores civiles del INSTITUTO GEOGRÁFICO MILITAR que también están comprendidos bajos la LEY 20239/73-LEY MARCO y DECRETO 214/06, como los trabajadores civiles de las fuerzas armadas, cobraron los 2 años.

Además los términos expuestos en el Artículo 3 del Decreto 214/2006 (Las cláusulas del presente Convenio quedan incorporadas a los contratos individuales existentes al momento de su entrada en vigencia y sólo podrán ser modificados, con efecto en dichos contratos individuales, por acuerdo colectivo de los signatarios del Convenio.Si durante la vigencia del presente Convenio se dictaran leyes o actos administrativos, que alcancen a algún sector de trabajadores comprendidos, y cuya aplicación resultara más beneficiosa para dicho personal, las mismas podrán ser incorporadas al convenio general o sectorial, según corresponda, previa consulta a la Comisión Permanente de Aplicación yRelaciones Laborales (en adelante, Co.P.A.R.) establecida conforme al artículo 79 del presente), avalarían nuestro reclamo.-

Soy consciente que la cantidad de trabajadores del INSTITUTO es sumamente inferior a la totalidad de los trabajadores civiles de las fuerzas armadas, pero se podría establecer por el importe de los 2 años , un pago en cuotas, dado que en un gobierno democrático, el beneficio que brinda una ley, tiene que ser aplicado para todos sus beneficiarios, no se puede discriminar.

Sin otro particular y a la espera de una respuesta favorable, saludo a Ud. atentamente.-

martes, febrero 24, 2009

PRESTAR ATENCIÓN- ES MUY IMPORTANTE

A CONTINUACIÓN DETALLO EL ARTÍCULO 3 DEL DECRETO 214/2006:


ARTICULO 3º.- Las cláusulas del presente Convenio quedan incorporadas a los contratos
individuales existentes al momento de su entrada en vigencia y sólo podrán ser modificados,
con efecto en dichos contratos individuales, por acuerdo colectivo de los signatarios del
Convenio.
Si durante la vigencia del presente Convenio se dictaran leyes o actos administrativos, que
alcancen a algún sector de trabajadores comprendidos, y cuya aplicación resultara más
beneficiosa para dicho personal, las mismas podrán ser incorporadas al convenio general o
sectorial, según corresponda, previa consulta a la Comisión Permanente de Aplicación y
Relaciones Laborales (en adelante, Co.P.A.R.) establecida conforme al artículo 79 del
presente.

COMO VERÁN EL CONTENIDO DE ESTE ARTÍCULO , SIRVE PARA CONSOLIDAR TOTALMENTE EL PAGO DE LA RETRIBUCIÓN VACACIONAL , DADO QUE EL PERSONAL DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO MILITAR , ES UN SECTOR QUE ESTÁ COMPRENDIDO , COMO LOS TRABAJADORES CIVILES DE LA FUERZAS ARMADAS, DENTRO DEL DECRETO 214/06, POR LO TANTO COMO ELLOS COBRARON LA RETRIBUCIÓN VACACIONAL, TAMBIEN SE TIENE QUE HACER EFECTIVO HACIA TODOS LOS SECTORES, QUE ESTÁN DENTRO DEL CITADO DECRETO.-



domingo, febrero 22, 2009

NO BAJEMOS LOS BRAZOS

Nuevamente insisto sobre el tema de la RETRIBUCIÓN VACACIONAL, que tienen que cobrar los trabajadores civiles de las fuerzas armadas, en el area de PUERTO BELGRANO, aproximadamente la suma adeudada rondaría en $ 6.000.000, es por el período de 2 años, o sea vacaciones que se tomaron en el 2008 y vacaciones período enero-febrero 2009.Actualmente los REPRESENTANTES GREMIALES tienen en su poder todo la documentación , para poder demostrar la legitimidad del cobro, también las autoridades del ARSENAL NAVAL PUERTO BELGRANO.
Considero que para los trabajadores y para todo el movimiento comercial de la ciudad de PUNTA ALTA y sus alrededores, es una suma importante, para estos momentos económicos tan díficles que se avecinan.

lunes, febrero 16, 2009

NO TENEMOS QUE PERMITIR QUE NOS DISCRIMINEN

EXACTAMENTE, LOS TRABAJADORES CIVILES DE LAS FUERZAS ARMADAS , TENEMOS QUE EXIGIR QUE NOS PAGUEN ( LA RETRIBUCIÓN VACACIONAL- ARTÍCULO 155 DE LA LEY 20744-CONTRATO DE TRABAJO), NOS DEBEN 2 AÑOS , ES UNA SUMA IMPORTANTE, YA LO COBRÓ UN SECTOR (INSTITUTO GEOGRAFICO MILITAR), QUE ESTÁN COMO NOSOTROS DENTRO DE LA LEY 20239/73 Y DEL DECRETO 214.-

TODOS JUNTOS

TODOS JUNTOS

LAMENTABLEMENTE LA LETRA DE ESTE TANGO, EN MUCHOS CASOS, SIGUE VIGENTE