
BASTA DE CONTRATOS ESCLAVOS
viernes, abril 24, 2009
jueves, abril 23, 2009
CARTA ABIERTA DEL PERSONAL CIVIL DE LAS FUERZAS ARMADAS
A LAS AUTORIDADES POLÍTICAS NACIONALES Y PROVINCIALES
A LAS AUTORIDADES NAVALES
A LAS ENTIDADES GREMIALES
A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN
A LA OPINION PÚBLICA
El Personal Civil de las Fuerzas Armadas –especie en extinción a partir del año 1983 en que se sucedieron decisiones ejecutivas que congelaron las vacantes- ha venido peregrinando en la búsqueda de soluciones que no encuentra y del reconocimiento a sus derechos conculcados sistemáticamente. A continuación una síntesis de sus CONFLICTIVIDADES:
CONFLICTIVIDADES DEL PERSONAL CIVIL
I. RETRIBUCIONES SUPLEMENTARIAS
SUPLEMENTO ACTIVIDAD INDUSTRIAL: a pesar de que en el mes de noviembre de 2008, el Ministerio de Defensa se expidió acerca de la compatibilidad de percepción de la Actividad Industrial y Áreas Material (la ARMADA tiene establecido por Disposición EMGA 199/04 la incompatibilidad), aún no se a procedido a su liquidación.
SUPLEMENTO POR COMPUTO DE DATOS
Continúa la discriminación en el pago de dicho suplemento al personal que realiza actividades con cómputo de datos, según lo establece la RESOLUCION MINISTERIAL 110/89.
SUPLEMENTO POR ACTIVIDADES RIESGOSAS
Desde el año 1973, continúa impertérrita la Resolución Ministerial de Defensa, sin haberse agregado especialidades de trabajos que se realizan con exposición y riesgo inminente a la salud.
Ej. Personal que realiza tareas en Diques Secos y otros.
SUPLEMENTO POR TAREAS PELIGROSAS
De la misma manera que los anteriores urge una atención en el tema.
II. PLUS VACACIONAL (ART. 155 LEY 20744)
Se encuentra previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo 214/06 que en el caso de que algún sector de personal civil se le asigne algún beneficio, el mismo se hará EXTENSIVO a la totalidad. Personal del INSTITUTO GEOGRAFICO MILITAR ya ha percibido dicho beneficio mientras el personal de la ARMADA, (NÓ).
III DECRETO PEN 506/88 (NO ABSORCIÓN DEL SUPLEMENTO POR CAMBIO DE
SITUACION ESCALAFONARIA CON LOS AUMENTOS SALARIALES)
Fuimos discriminados desde 1968 hasta el 2006 de la aplicación del Decreto 5592/68 que establece la aplicación del CODIGO NIVELADOR cuando el trabajador promociona de categoría. De esa forma sufrió perjuicios salariales irreparables. No obstante ello, tampoco gozó ni goza de los beneficios del Decreto 506/88 que estipula que el CODIGO NIVELADOR o SUPLEMENTO POR CAMBIO DE SITUACION ESCALAFONARIA no es absorbido por los aumentos salariales. Resulta imprescindible definir la aplicación de este Decreto al personal civil, dado que su aplicación incide directamente en las remuneraciones pasadas, actuales y futuras, como asimismo en el rechazo a los ascensos.
III. ASCENSOS EXTRAORDINARIOS - UNIVERSALIDAD
A pesar de los reclamos efectuados en relación a que los ascensos debieron ser para la totalidad del personal, a modo de resarcimiento ante la omisión del decreto 5592/68 y del 506/88. Se pide igualdad de trato con relación a personal del ejército y fuerza aérea. Personal de dichas fuerzas –inclusive- fue ascendido varias categorías.
Con relación a los ascensos extraordinarios tal cual están siendo manejados, generarán un problema de conducción dado que se darán situaciones en los cuales personal de mayor jerarquía será superado por personal subordinado. Por ello cuando se conceden ascensos extraordinarios si no lo son UNIVERSALES es decir a todos, se incurre en discriminación.
IV OBRA SOCIAL IOSFA
Se pide la participación de los trabajadores con relación al Proyecto de Ley vinculado con el tema.
V DECRETO 911/06
Continúa sin aplicarse el beneficio del GASTO DE COMIDA del personal civil, generando esto conflictos innecesarios entre la conducción y el personal que trabaja horas extras.
VI FRANCO COMPENSATORIO POR JORNADA EXTRAORDINARIA
Debe definirse la aplicación del FRANCO COMPENSATORIO del personal civil, dado que “días inhábiles” sería el sábado completo, dado que la jornada ordinaria va del día lunes al viernes.
VII NUESTRO ELEMENTAL DERECHO A LA SALUD
El Hospital Naval se encuentra superado en su capacidad de atención, no disponiendo de disponibilidad de turnos en distintas especialidades, superando los 30/40 días de espera. No hay acceso a la salud bajo estas circunstancias. Los pacientes no tienen acceso a la continuidad en la atención de profesional, dado que sacan turnos y los médicos no siempre son los mismos. Las demoras son inmensas en cada sector: turnos, Diba, Farmacia, etc. Se encuentra vulnerado con el actual sistema el derecho a la libre elección de profesional. De la misma manera con el manejo centralizado de las Farmacias.
VIII EXTINCION DEL PERSONAL CIVIL
La no cobertura de las bajas vegetativas, implica la extinción de las plantas básicas. Los ingresos producidos son ínfimos y no se condicen con las necesidades, perdiéndose indefectiblemente las capacidades.
IX PERDIDA DE TRABAJOS DE RELEVANCIA EN LOS DIQUES SECOS
Los trabajos de magnitud perdidos, ante la no reparación del Dique Nº 2, como así la no recuperación de capacidades perdidas son hechos IRREPARABLES para la economía local y regional. Los anuncios efectuados por las distintas AUTORIDADES, solo se han constituido en VANAS PROMESAS.-
X NO CONVOCATORIA A PARITARIAS
El gobierno nacional no convoca a paritarias general ni sectorial, hecho que vulnera el derecho a elaborar aspectos esenciales como la CARRERA, la ESCALA SALARIAL, etc.
XI REDUCCION DEL PRESUPUESTO DE LAS FUERZAS ARMADAS
En el marco de nuestro de derecho a la libre expresión y creencia, decimos que, bajo ningún punto de vista podemos dejar de expresar nuestra profunda preocupación, por el manejo que el gobierno central ha efectuado al respecto.
XII PERSONAL CONTRATADO
Pase a planta permanente del personal contratado.
XIII JUBILACIONES
Aplicación del 82% móvil.-
XIV NÓ AL CIERRE DE UNIDADES
Ante versiones circulantes, RECHAZAMOS ENÉRGICAMENTE EL
CIERRE DE UNIDADES.-
A LAS AUTORIDADES NAVALES
A LAS ENTIDADES GREMIALES
A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN
A LA OPINION PÚBLICA
El Personal Civil de las Fuerzas Armadas –especie en extinción a partir del año 1983 en que se sucedieron decisiones ejecutivas que congelaron las vacantes- ha venido peregrinando en la búsqueda de soluciones que no encuentra y del reconocimiento a sus derechos conculcados sistemáticamente. A continuación una síntesis de sus CONFLICTIVIDADES:
CONFLICTIVIDADES DEL PERSONAL CIVIL
I. RETRIBUCIONES SUPLEMENTARIAS
SUPLEMENTO ACTIVIDAD INDUSTRIAL: a pesar de que en el mes de noviembre de 2008, el Ministerio de Defensa se expidió acerca de la compatibilidad de percepción de la Actividad Industrial y Áreas Material (la ARMADA tiene establecido por Disposición EMGA 199/04 la incompatibilidad), aún no se a procedido a su liquidación.
SUPLEMENTO POR COMPUTO DE DATOS
Continúa la discriminación en el pago de dicho suplemento al personal que realiza actividades con cómputo de datos, según lo establece la RESOLUCION MINISTERIAL 110/89.
SUPLEMENTO POR ACTIVIDADES RIESGOSAS
Desde el año 1973, continúa impertérrita la Resolución Ministerial de Defensa, sin haberse agregado especialidades de trabajos que se realizan con exposición y riesgo inminente a la salud.
Ej. Personal que realiza tareas en Diques Secos y otros.
SUPLEMENTO POR TAREAS PELIGROSAS
De la misma manera que los anteriores urge una atención en el tema.
II. PLUS VACACIONAL (ART. 155 LEY 20744)
Se encuentra previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo 214/06 que en el caso de que algún sector de personal civil se le asigne algún beneficio, el mismo se hará EXTENSIVO a la totalidad. Personal del INSTITUTO GEOGRAFICO MILITAR ya ha percibido dicho beneficio mientras el personal de la ARMADA, (NÓ).
III DECRETO PEN 506/88 (NO ABSORCIÓN DEL SUPLEMENTO POR CAMBIO DE
SITUACION ESCALAFONARIA CON LOS AUMENTOS SALARIALES)
Fuimos discriminados desde 1968 hasta el 2006 de la aplicación del Decreto 5592/68 que establece la aplicación del CODIGO NIVELADOR cuando el trabajador promociona de categoría. De esa forma sufrió perjuicios salariales irreparables. No obstante ello, tampoco gozó ni goza de los beneficios del Decreto 506/88 que estipula que el CODIGO NIVELADOR o SUPLEMENTO POR CAMBIO DE SITUACION ESCALAFONARIA no es absorbido por los aumentos salariales. Resulta imprescindible definir la aplicación de este Decreto al personal civil, dado que su aplicación incide directamente en las remuneraciones pasadas, actuales y futuras, como asimismo en el rechazo a los ascensos.
III. ASCENSOS EXTRAORDINARIOS - UNIVERSALIDAD
A pesar de los reclamos efectuados en relación a que los ascensos debieron ser para la totalidad del personal, a modo de resarcimiento ante la omisión del decreto 5592/68 y del 506/88. Se pide igualdad de trato con relación a personal del ejército y fuerza aérea. Personal de dichas fuerzas –inclusive- fue ascendido varias categorías.
Con relación a los ascensos extraordinarios tal cual están siendo manejados, generarán un problema de conducción dado que se darán situaciones en los cuales personal de mayor jerarquía será superado por personal subordinado. Por ello cuando se conceden ascensos extraordinarios si no lo son UNIVERSALES es decir a todos, se incurre en discriminación.
IV OBRA SOCIAL IOSFA
Se pide la participación de los trabajadores con relación al Proyecto de Ley vinculado con el tema.
V DECRETO 911/06
Continúa sin aplicarse el beneficio del GASTO DE COMIDA del personal civil, generando esto conflictos innecesarios entre la conducción y el personal que trabaja horas extras.
VI FRANCO COMPENSATORIO POR JORNADA EXTRAORDINARIA
Debe definirse la aplicación del FRANCO COMPENSATORIO del personal civil, dado que “días inhábiles” sería el sábado completo, dado que la jornada ordinaria va del día lunes al viernes.
VII NUESTRO ELEMENTAL DERECHO A LA SALUD
El Hospital Naval se encuentra superado en su capacidad de atención, no disponiendo de disponibilidad de turnos en distintas especialidades, superando los 30/40 días de espera. No hay acceso a la salud bajo estas circunstancias. Los pacientes no tienen acceso a la continuidad en la atención de profesional, dado que sacan turnos y los médicos no siempre son los mismos. Las demoras son inmensas en cada sector: turnos, Diba, Farmacia, etc. Se encuentra vulnerado con el actual sistema el derecho a la libre elección de profesional. De la misma manera con el manejo centralizado de las Farmacias.
VIII EXTINCION DEL PERSONAL CIVIL
La no cobertura de las bajas vegetativas, implica la extinción de las plantas básicas. Los ingresos producidos son ínfimos y no se condicen con las necesidades, perdiéndose indefectiblemente las capacidades.
IX PERDIDA DE TRABAJOS DE RELEVANCIA EN LOS DIQUES SECOS
Los trabajos de magnitud perdidos, ante la no reparación del Dique Nº 2, como así la no recuperación de capacidades perdidas son hechos IRREPARABLES para la economía local y regional. Los anuncios efectuados por las distintas AUTORIDADES, solo se han constituido en VANAS PROMESAS.-
X NO CONVOCATORIA A PARITARIAS
El gobierno nacional no convoca a paritarias general ni sectorial, hecho que vulnera el derecho a elaborar aspectos esenciales como la CARRERA, la ESCALA SALARIAL, etc.
XI REDUCCION DEL PRESUPUESTO DE LAS FUERZAS ARMADAS
En el marco de nuestro de derecho a la libre expresión y creencia, decimos que, bajo ningún punto de vista podemos dejar de expresar nuestra profunda preocupación, por el manejo que el gobierno central ha efectuado al respecto.
XII PERSONAL CONTRATADO
Pase a planta permanente del personal contratado.
XIII JUBILACIONES
Aplicación del 82% móvil.-
XIV NÓ AL CIERRE DE UNIDADES
Ante versiones circulantes, RECHAZAMOS ENÉRGICAMENTE EL
CIERRE DE UNIDADES.-
lunes, abril 20, 2009
MOVILIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES CIVILES DE LAS FUERZAS ARMADAS - AFILIADOS EN ATE -BAHIA BLANCA-

MATERIAL SACADO, DE LA NOTA ESCRITA EN EL SIGUIENTE ENLACE
http://www.lanueva.com/edicion_impresa/nota/17/04/2009/94h031.html
ATE alerta sobre el cierre del arsenal de Espora. El gremio recordó su compromiso al intendente y reclamó el pronunciamiento del Comandante de Operaciones Navales, vicealmirante Carlos Paz.
"Si siguen sin escucharnos, tendremos que actuar y repetir los cortes frente a las bases", advirtió, ayer, Rosario Di Paolo, director de Prensa de la Asociación Trabajadores del Estado (ATE), quien reclamó el compromiso del intendente municipal y una rápida respuesta del comandante de Operaciones Navales, vicealmirante Carlos Alberto Paz, para evitar el cierre del arsenal de Comandante Espora.En procura de un aumento salarial, de la protección de la obra social y de las fuentes laborales, los afiliados a ATE paralizaron sus actividades desde las 10 y se movilizaron hasta el ingreso a la base aeronaval de Espora y, más tarde, frente a la Dirección de Bienestar de la Armada (Diba), en Sarmiento casi Estomba.La medida de fuerza comprendió a controladores aéreos y empleados de la Diba, Hospital Militar, V Cuerpo de Ejército, base y arsenal de Comandante Espora."No nos escuchan, y lo sentiremos porque nada tenemos contra la Armada, pero tendremos que actuar y retomar los cortes en las bases", reiteró Di Paolo, mientras concluía la manifestación y caminaba en las inmediaciones de la plaza Rivadavia.
Las inquietudes por los eventuales cierres del arsenal de Espora y de la base naval de Mar del Plata se han enfatizado, en los últimos días, entre el personal civil de la Armada."Hay rumores, tal como pasó con Aerolíneas Argentinas, que al final terminaron siendo ciertos. Y si los uniformados no lo hacen, nosotros saldremos a defender las fuentes de trabajo. Necesitamos una rápida certificación del vicealmirante Paz sobre este caso", agregó el sindicalista.El dirigente gremial también reclamó una audiencia con el intendente Cristian Breitenstein."Se comprometió a buscar soluciones para nuestra problemática, pero no tenemos respuestas sobre los resultados. Si las cosas se limitan a las reuniones, terminarán en nada", se quejó.Respecto de la unificación de la obra social, Di Paolo dijo que no se sabe qué pasará con los recursos humanos ni cuáles serán los beneficios para los afiliados del nuevo Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas.
CIVILES DEL EJERCITO
El médico Alberto Marcos Izaguirre, quien presta servicios en el Hospital Militar Bahía Blanca, afirmó, ayer, que el personal civil del Ejército está cada vez peor, que los sueldos se alejan de lo que cuesta la canasta básica y que más de la mitad se paga en negro."Queremos que se cumpla la ley y que todo el importe sea bonificable, pero también que mejoren las condiciones de trabajo, porque en el hospital hacen falta personal e insumos", alertó.Noventa de los 136 civiles que se desempeñan en el ámbito del Ejército lo hacen en el nosocomio militar, mientras que el resto pertenece al Comando y al batallón.Izaguirre consideró que las gestiones de hace un año y medio ante el ministerio de Defensa y el Comando Superior "duermen el sueño de los inocentes" y que le avergüenza tener que cortar calles, en vez de tratar de discutir y proyectar en forma civilizada."Me duele muchísimo molestar a mis convecinos, pero para que nos escuchen, parece que sólo hay que llegar a estas instancias", admitió el médico.
MOVILIZACION DE LOS TRABAJADORES CIVILES DE LAS FUERZAS ARMADAS -AREA CORDOBA - AFILIADOS EN ATE
MATERIAL SACADO DE LA NOTA PUBLICADA EL DIA 16-04-09 EN EL DIARIO LA VOZ DE CORDOBA - CORRESPONDE EL SIGUIENTE ENLACE:
http://www.lavoz.com.ar/Nota.asp?nota_id=508341&high=TRABAJADORES%20CIVILES
Córdoba - Protesta de personal civil de las Fuerzas Armadas. Empleados cortan parcialmente el tránsito sobre avenida Fuerza Aérea ante la negativa del Ministerio de Defensa de abrir la discusión salarial.
Los empleados nucleados en la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) interrumpen parcialmente el tránsito sobre avenida Fuerza Aérea ante la negativa del Ministerio de Defensa de abrir la discusión salarial.
"Vamos a hacer un corte parcial de la ruta 20 frente a la Escuela de Aviación, a manifestar e ir dentro de lo posible a la Escuela de Suboficiales. Vamos a ir siempre en el sentido de circulación de la ruta", señaló a Mitre 810 Miguel López, de la ATE Córdoba.
La medida se realiza en el marco de un paro nacional, de 24 horas, lanzado por el personal civil de las Fuerzas Armadas.
En Córdoba, afecta dependencias del Instituto Universitario Aeronáutico (IUA), la Escuela de Aviación Militar, la Escuela de Suboficiales de Fuerza Aérea, el Hospital Aeronáutico, el Instituto Obra Social del Ejército (IOSE), Capital e interior, la Dirección de Bienestar del Personal de la Fuerza Aérea (DIBPFA), el Área Material Río Cuarto y el sector de mantenimiento del Barrio Aeronáutico, urbanización ubicada dentro del predio de la Fuerza Aérea.
Los empleados reclaman aumento de emergencia de 600 pesos y una definición sobre el destino de los trabajadores contratados del Iose.
http://www.lavoz.com.ar/Nota.asp?nota_id=508341&high=TRABAJADORES%20CIVILES
Córdoba - Protesta de personal civil de las Fuerzas Armadas. Empleados cortan parcialmente el tránsito sobre avenida Fuerza Aérea ante la negativa del Ministerio de Defensa de abrir la discusión salarial.
Los empleados nucleados en la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) interrumpen parcialmente el tránsito sobre avenida Fuerza Aérea ante la negativa del Ministerio de Defensa de abrir la discusión salarial.
"Vamos a hacer un corte parcial de la ruta 20 frente a la Escuela de Aviación, a manifestar e ir dentro de lo posible a la Escuela de Suboficiales. Vamos a ir siempre en el sentido de circulación de la ruta", señaló a Mitre 810 Miguel López, de la ATE Córdoba.
La medida se realiza en el marco de un paro nacional, de 24 horas, lanzado por el personal civil de las Fuerzas Armadas.
En Córdoba, afecta dependencias del Instituto Universitario Aeronáutico (IUA), la Escuela de Aviación Militar, la Escuela de Suboficiales de Fuerza Aérea, el Hospital Aeronáutico, el Instituto Obra Social del Ejército (IOSE), Capital e interior, la Dirección de Bienestar del Personal de la Fuerza Aérea (DIBPFA), el Área Material Río Cuarto y el sector de mantenimiento del Barrio Aeronáutico, urbanización ubicada dentro del predio de la Fuerza Aérea.
Los empleados reclaman aumento de emergencia de 600 pesos y una definición sobre el destino de los trabajadores contratados del Iose.
PREOCUPACIÓN DE LOS TRABAJADORES CIVILES DE LAS FUERZAS ARMADAS - AREA MAR DEL PLATA-
NOTA PUBLICADA EN LA PAGINA DE ATE ARGENTINA :
http://www.ateargentina.org.ar/index.php?nota=8965
En el mismo sector, pero en Mar del Plata la ATE mostró su preocupación ante los rumores de un posible cierre de ese sector militar. Volvió a surgir un proyecto para instalar un corredor gastronómico similar al Puerto Madero.
El titular de la seccional, Darío Ledesma, expuso el cuadro de situación del sector y, entre otros temas, se refirió a la incertidumbre de cerca de 300 trabajadores que cumplen tareas en la Base Naval de Mar del Plata.
http://www.ateargentina.org.ar/index.php?nota=8965
En el mismo sector, pero en Mar del Plata la ATE mostró su preocupación ante los rumores de un posible cierre de ese sector militar. Volvió a surgir un proyecto para instalar un corredor gastronómico similar al Puerto Madero.
El titular de la seccional, Darío Ledesma, expuso el cuadro de situación del sector y, entre otros temas, se refirió a la incertidumbre de cerca de 300 trabajadores que cumplen tareas en la Base Naval de Mar del Plata.
lunes, abril 06, 2009
EL 22 DE ABRIL PARA LA CTA

ATENCIÓN A LA SIGUIENTE GACETILLA:
22 de abril: Jornada Nacional de movilizaciones y paros en todo el país“¡CTA de los trabajadores, y al que no le gusta, se jode, se jode!” Como un grito de guerra la totalidad de los delegados presentes aprobaron por unanimidad la realización de una Jornada Nacional de Movilizaciones y Paros en todo el país para el miércoles 22 de abril. Las papeletas en alto mostraron la voluntad de la militancia de la CTA para que la crisis no la paguen los trabajadores.
(Foto: ATE Argentina)ACTAPasadas las 18, el secretario Adjunto Pablo Micheli propuso al plenario la realización “de una Jornada Nacional de Movilización con paro en todas las provincias. Consideramos que la misma tiene que ser el 22 de abril porque esta jornada hay que prepararla bien porque no queremos que sea solamente un saludo a la bandera” “La semana siguiente a esa jornada la Mesa Nacional más la conducción nacional, es decir los secretarios generales de las provincias nos reuniremos para evaluar si hubo respuestas a esta medida de fuerza”, explicó el dirigente.
22 de abril: Jornada Nacional de movilizaciones y paros en todo el país“¡CTA de los trabajadores, y al que no le gusta, se jode, se jode!” Como un grito de guerra la totalidad de los delegados presentes aprobaron por unanimidad la realización de una Jornada Nacional de Movilizaciones y Paros en todo el país para el miércoles 22 de abril. Las papeletas en alto mostraron la voluntad de la militancia de la CTA para que la crisis no la paguen los trabajadores.
(Foto: ATE Argentina)ACTAPasadas las 18, el secretario Adjunto Pablo Micheli propuso al plenario la realización “de una Jornada Nacional de Movilización con paro en todas las provincias. Consideramos que la misma tiene que ser el 22 de abril porque esta jornada hay que prepararla bien porque no queremos que sea solamente un saludo a la bandera” “La semana siguiente a esa jornada la Mesa Nacional más la conducción nacional, es decir los secretarios generales de las provincias nos reuniremos para evaluar si hubo respuestas a esta medida de fuerza”, explicó el dirigente.
miércoles, abril 01, 2009
QUE ESTA SUCEDIENDO CON LOS ASCENSOS EXTRAORDINARIOS
REALMENTE, QUE DIFICÍL SE NOS HACE A LOS TRABAJADORES CIVILES DE LA ARMADA, PODER LOGRAR, NUESTROS DERECHOS, TERMINAMOS EL MES DE MARZO Y REALMENTE LOS PUNTOS FIRMADOS POR LOS GREMIOS, EN EL ACTA (11-12-2008) CORRESPONDIENTE A LOS ASCENSOS EXTRAORDINARIOS, SE VIENE CUMPLIENDO, EN FORMA PARCIAL Y MUY DEMORADA.-
CON RESPECTO A LOS ASCENSOS PARA LOS MAYORES DE 10 AÑOS (PUNTO 3), EL NÚMERO RESUELTO ES MUY BAJO, Y CON RESPECTO A LOS QUE ASCENDIERON ENTRE 7 Y 10 AÑOS (PUNTO 4), SIN NINGUNA NOVEDAD , A PESAR QUE EN EL PUNTO 4, DECIA QUE LA COMISIÓN FORMADA, TENÍA QUE EMPEZAR A TRABAJAR A PARTIR DEL 01-02-09.
LOS TRABAJADORES CIVILES DE LA FUERZA AEREA Y DEL EJERCITO, CON RESPECTO A LOS ASCENSOS EXTRAORDINARIOS QUE LE APLICARON, TUVIERON UN TRATO TOTALMENTE DISTINTO, CON PUNTOS CLAROS , RESOLUCIONES ÁGILES Y RESULTADOS DETERMINADOS , EN TIEMPOS NORMALES Y CORRECTOS, PARA LOGRAR EL BIENESTAR DE SU PERSONAL.
ESTEMOS ATENTOS, PARA PODER EXIGIR QUE SE CUMPLA CON LO PACTADO.-
CON RESPECTO A LOS ASCENSOS PARA LOS MAYORES DE 10 AÑOS (PUNTO 3), EL NÚMERO RESUELTO ES MUY BAJO, Y CON RESPECTO A LOS QUE ASCENDIERON ENTRE 7 Y 10 AÑOS (PUNTO 4), SIN NINGUNA NOVEDAD , A PESAR QUE EN EL PUNTO 4, DECIA QUE LA COMISIÓN FORMADA, TENÍA QUE EMPEZAR A TRABAJAR A PARTIR DEL 01-02-09.
LOS TRABAJADORES CIVILES DE LA FUERZA AEREA Y DEL EJERCITO, CON RESPECTO A LOS ASCENSOS EXTRAORDINARIOS QUE LE APLICARON, TUVIERON UN TRATO TOTALMENTE DISTINTO, CON PUNTOS CLAROS , RESOLUCIONES ÁGILES Y RESULTADOS DETERMINADOS , EN TIEMPOS NORMALES Y CORRECTOS, PARA LOGRAR EL BIENESTAR DE SU PERSONAL.
ESTEMOS ATENTOS, PARA PODER EXIGIR QUE SE CUMPLA CON LO PACTADO.-
martes, marzo 31, 2009
lunes, marzo 23, 2009
jueves, marzo 19, 2009
PROYECTO DE LEY CREACIÓN IOSFA -INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS-
El proyecto de Obra Social (IOSFA), unifica en un solo organismo el régimen de servicios sociales que el personal de las FUERZAS ARMADAS, PREFECTURA. NAVAL ARGENTINA y GENDARMERIA NACIONAL ARGENTINA reciben por separado de parte del Instituto de Obra Social del Ejercito (IOSE), la Dirección de Salud y Bienestar de la Armada (DIBA) y la Dirección General de Bienestar del Personal de la Fuerza Aérea (DIBPFA); y contempla una restructuración integral del sistema de obras sociales dependientes de las Fuerzas Armadas.
VER COMPLETO PROYECTO INGRESANDO A LA SIGUIENTE PÁGINA DE ATE PROVINCIA: http://www.congresoatepba.org.ar/spip.php?article1423
VER COMPLETO PROYECTO INGRESANDO A LA SIGUIENTE PÁGINA DE ATE PROVINCIA: http://www.congresoatepba.org.ar/spip.php?article1423
lunes, marzo 16, 2009
OJALÁ QUE TODO ESTE CONTENIDO SE CUMPLA, LOS TRABAJADORES CIVILES LO NECESITAMOS
NOTICIA PUBLICADA EN LA PÁGINA WEB LA NUEVA.COM DEL 15-03-09 SECCIÓN PUNTA ALTA
EL JEFE DE LA BASE NAVAL EXPRESO QUE HAY VOCACION DE DIALOGO
"El personal civil es fundamental para la Armada"
El capitán González Lonzieme afirmó que son importantes la renovación adecuada del personal y la reactivación de la Escuela de Aprendices. También aseguró que se invertirá mucho en mejorar las condiciones laborales de todos los agentes.
"La Armada no podría funcionar sin el personal civil. Esa es la realidad", expresó el jefe de la Base Naval Puerto Belgrano, capitán de navío, veterano de la guerra de Malvinas, Alvaro Manuel González Lonzieme, en diálogo exclusivo con "La Nueva Provincia".
En el edificio de la jefatura del citado asentamiento castrense, donde recibió a este diario, recordó que estuvo toda su vida embarcado, en una unidad de combate y "nuestros sistemas de armas los ponen a punto, además del personal militar, los agentes civiles".
El marino, quien asumió hace tres semanas el cargo, luego de ser el comandante de la División de Instructores en el 2008, recordó que el "día que zarpamos, en el Crucero Belgrano, había miles de civiles a orillas de los muelles despidiendo a la Flota de Mar que se iba a la Guerra de Malvinas. Este tema me quedó grabado".
"Es un desafío el rol que me toca ocupar. La semana pasada tuvimos una reunión con los sindicatos y los invitamos a un almuerzo, en la Casa de Suboficiales. Fue muy cordial y tuvimos muchos puntos vista en común. Ellos están muy interesados por el bien de la Armada, cosa que nos agrada y reconforta", dijo.
"Tanto es así que hemos programado una reunión mensual para estar en contacto y bien `empapados` de los problemas que nos plantean. La intención es trabajar en conjunto. Y le pedimos que nos apoyen en todo lo que puedan porque será para el beneficio del personal civil de la Armada", expresó.
Expuso que, independientemente del cambio periódico de autoridades, la Armada siempre tiene una vocación de diálogo.
Ante otra pregunta, González Lonzieme dijo que una de las inquietudes es la incorporación del personal, teniendo en cuenta que la Armada tiene personal de mucha edad, sobre todo en los arsenales. "Y nos encantaría tener una renovación adecuada del personal para que la Base Naval, con el tiempo, se pueda ir manteniendo con personas que se vayan capacitando".
En dicho marco, el jefe de la BNPB expuso que la Escuela de Aprendices es muy importante.
"Es algo que diseñó la Armada hace muchísimo tiempo con el objeto de tener a sus operarios calificados y bien formados. Es una cuestión que nos gustaría reactivar y lograr. Y luego de que culminen sus actividades de aprendizaje que se incorporen a los arsenales y a la Base Naval, que es muy compleja", expresó.
Manifestó que la comunidad de Coronel Rosales está totalmente ligada a la Armada. "Hay oficiales de marina y suboficiales que son hijos de trabajadores civiles", dijo.
El capitán González Lonzieme afirmó también que "la Armada está motorizando, desde el año anterior, los ascensos de los agentes civiles que llevan varios años estancados en sus clases (ascensos extraordinarios)".
También expresó que lo hace, como corresponde, con los exámenes para todas aquellas personas que se postulen para la próxima jerarquía: los concursos por oposición y antecedentes.
"Se tiende a que la pirámide se vuelva a reconformar en forma orgánica y lógica. Por ello, evidentemente, debe haber un ingreso del personal civil joven que sirva para ir ocupando las vacantes que vayan dejando los que ascienden y van acercándose al vértice superior de la pirámide", expresó.
Mejor calidad de vida. Ante otra consulta, el marino dijo que una de las directivas del jefe del Estado Mayor General de la Armada consiste en profundizar el bienestar del personal civil y militar, mejorar su calidad de vida y las condiciones laborales.
"Los ámbitos se están adecuando a las normas que están bajo las leyes. La idea es invertir mucho en la mejora de las condiciones de trabajo del personal, si bien habrá una reducción del presupuesto", manifestó González Lonzieme.
Expresó, luego, que aún le debe la visita protocolar al intendente Starc. "El me dijo que estaba complicado con una serie de cosas, pero que luego lo recibiría", dijo.
El alto jefe naval afirmó que se colaborará con el municipio en todo lo que pueda la Base.
"Estuve, además, en la Escuela Nº 24 que, si bien está dentro de la Base Naval, es pública y provincial. Dialogué con la directora el establecimiento que está apadrinado por el cargo de Comunicaciones de la BNPB. Se pintará parte de la escuela y se arreglarán varias cosas. Además, cabe la posibilidad de solucionar el problema de transporte de algunos alumnos".
"Además, brindaremos todo el apoyo que podamos a los servicios educativos. Y, tradicionalmente, la Armada tiene escuelas apadrinadas en todo el país", expuso.
Su carrera. El marino, de 53 años de edad, nació en Puerto Belgrano. Luego viajó a Buenos Aires, junto a su familia, y regresó al asentamiento naval como guardiamarina, en 1978. Desde entonces estuvo destinado prácticamente toda su carrera a la Flota de Mar, amén de que fue agregado naval en París, Francia, durante dos años.
EL JEFE DE LA BASE NAVAL EXPRESO QUE HAY VOCACION DE DIALOGO
"El personal civil es fundamental para la Armada"
El capitán González Lonzieme afirmó que son importantes la renovación adecuada del personal y la reactivación de la Escuela de Aprendices. También aseguró que se invertirá mucho en mejorar las condiciones laborales de todos los agentes.
"La Armada no podría funcionar sin el personal civil. Esa es la realidad", expresó el jefe de la Base Naval Puerto Belgrano, capitán de navío, veterano de la guerra de Malvinas, Alvaro Manuel González Lonzieme, en diálogo exclusivo con "La Nueva Provincia".
En el edificio de la jefatura del citado asentamiento castrense, donde recibió a este diario, recordó que estuvo toda su vida embarcado, en una unidad de combate y "nuestros sistemas de armas los ponen a punto, además del personal militar, los agentes civiles".
El marino, quien asumió hace tres semanas el cargo, luego de ser el comandante de la División de Instructores en el 2008, recordó que el "día que zarpamos, en el Crucero Belgrano, había miles de civiles a orillas de los muelles despidiendo a la Flota de Mar que se iba a la Guerra de Malvinas. Este tema me quedó grabado".
"Es un desafío el rol que me toca ocupar. La semana pasada tuvimos una reunión con los sindicatos y los invitamos a un almuerzo, en la Casa de Suboficiales. Fue muy cordial y tuvimos muchos puntos vista en común. Ellos están muy interesados por el bien de la Armada, cosa que nos agrada y reconforta", dijo.
"Tanto es así que hemos programado una reunión mensual para estar en contacto y bien `empapados` de los problemas que nos plantean. La intención es trabajar en conjunto. Y le pedimos que nos apoyen en todo lo que puedan porque será para el beneficio del personal civil de la Armada", expresó.
Expuso que, independientemente del cambio periódico de autoridades, la Armada siempre tiene una vocación de diálogo.
Ante otra pregunta, González Lonzieme dijo que una de las inquietudes es la incorporación del personal, teniendo en cuenta que la Armada tiene personal de mucha edad, sobre todo en los arsenales. "Y nos encantaría tener una renovación adecuada del personal para que la Base Naval, con el tiempo, se pueda ir manteniendo con personas que se vayan capacitando".
En dicho marco, el jefe de la BNPB expuso que la Escuela de Aprendices es muy importante.
"Es algo que diseñó la Armada hace muchísimo tiempo con el objeto de tener a sus operarios calificados y bien formados. Es una cuestión que nos gustaría reactivar y lograr. Y luego de que culminen sus actividades de aprendizaje que se incorporen a los arsenales y a la Base Naval, que es muy compleja", expresó.
Manifestó que la comunidad de Coronel Rosales está totalmente ligada a la Armada. "Hay oficiales de marina y suboficiales que son hijos de trabajadores civiles", dijo.
El capitán González Lonzieme afirmó también que "la Armada está motorizando, desde el año anterior, los ascensos de los agentes civiles que llevan varios años estancados en sus clases (ascensos extraordinarios)".
También expresó que lo hace, como corresponde, con los exámenes para todas aquellas personas que se postulen para la próxima jerarquía: los concursos por oposición y antecedentes.
"Se tiende a que la pirámide se vuelva a reconformar en forma orgánica y lógica. Por ello, evidentemente, debe haber un ingreso del personal civil joven que sirva para ir ocupando las vacantes que vayan dejando los que ascienden y van acercándose al vértice superior de la pirámide", expresó.
Mejor calidad de vida. Ante otra consulta, el marino dijo que una de las directivas del jefe del Estado Mayor General de la Armada consiste en profundizar el bienestar del personal civil y militar, mejorar su calidad de vida y las condiciones laborales.
"Los ámbitos se están adecuando a las normas que están bajo las leyes. La idea es invertir mucho en la mejora de las condiciones de trabajo del personal, si bien habrá una reducción del presupuesto", manifestó González Lonzieme.
Expresó, luego, que aún le debe la visita protocolar al intendente Starc. "El me dijo que estaba complicado con una serie de cosas, pero que luego lo recibiría", dijo.
El alto jefe naval afirmó que se colaborará con el municipio en todo lo que pueda la Base.
"Estuve, además, en la Escuela Nº 24 que, si bien está dentro de la Base Naval, es pública y provincial. Dialogué con la directora el establecimiento que está apadrinado por el cargo de Comunicaciones de la BNPB. Se pintará parte de la escuela y se arreglarán varias cosas. Además, cabe la posibilidad de solucionar el problema de transporte de algunos alumnos".
"Además, brindaremos todo el apoyo que podamos a los servicios educativos. Y, tradicionalmente, la Armada tiene escuelas apadrinadas en todo el país", expuso.
Su carrera. El marino, de 53 años de edad, nació en Puerto Belgrano. Luego viajó a Buenos Aires, junto a su familia, y regresó al asentamiento naval como guardiamarina, en 1978. Desde entonces estuvo destinado prácticamente toda su carrera a la Flota de Mar, amén de que fue agregado naval en París, Francia, durante dos años.
martes, marzo 10, 2009
domingo, marzo 08, 2009
CÁLCULO PLUS VACACIONAL
Pago de vacaciones:
Según el art. 155 de la LCT, la remuneración del trabajador durante la licencia se determinará considerando en primer término los ítems habituales o fijo y luego los conceptos variables, la norma establece que deben considerarse todos:• Respecto de los conceptos fijos
a) Para el caso de trabajadores mensualizados = (Sueldo/25) x Días de Vacaciones.• Ejemplo Trabajador con un sueldo de $1000 y 14 días de vacaciones, resulta: Vacaciones = $1000 / 25 x 14 = $560.
Y siempre se aplica el valor del salario vigente al inicio de las vacaciones, y en caso de que este sufra un incremento durante la licencia habrá que practicar el ajuste correspondiente.
b) Para el caso de trabajadores jornalizados: Se liquidará la licencia sobre la base del jornal horario respetando la extensión de la jornada real tanto si es mayor o menor a 8 horas, y teniendo presente que la jornada normal diaria se extiende hasta las 9 horas, por tanto en caso de exceder este tope, se trata de horas extras que serán computadas como remuneraciones variables.• Ejemplo Trabajador con un jornal horario de $4,00 jornada de 8 horas y 14 días de vacaciones, resulta:Vacaciones = $ 4 x 9 x 14 = $504.Y vale el comentario realizado sobre los mensualizados.
• Respecto de los conceptos variables (comisiones, horas extras, adicionales, etc.)
Se promedian los importes generados durante el año al que corresponde la licencia, y luego se hace lo propio con las sumas correspondientes al semestre anterior al comienzo de las vacaciones, el mejor de los valores obtenidos será el que se aplique al pago, ya que la ley establece que sea "a opción del trabajador".• Ejemplo Trabajador con un sueldo de $1000 y 14 días de vacaciones, que presta servicios desde el 1° de marzo, y que generó en concepto de horas extras $300 hasta el 31 de diciembre, y que inicia la licencia en febrero del año siguiente, si durante el semestre agosto/enero realizó horas extras por $150 resulta:
1. Promedio del año de licencia $300/10 = $30 por mes (se debe a que promediaremos sobre los meses que hubo contrato laboral.
2. Promedio del semestre anterior a la licencia $150/6 = $25 por mes. Por tanto resulta más conveniente para el dependiente el 1° promedio que se aplica así:
• Vacaciones = $1000 / 25 x 14 = $560,00 (parte fija)
• Vacaciones = $ 30 / 25 x 14 = $ 16,80 (parte variable)
• Total Vacaciones = $576,80.
Similarmente se da en el caso de personal jornalizado, supongamos que tenemos los mismos datos, entonces resultaría:• Ejemplo Trabajador con un jornal horario de $4,00 jornada de 8 horas y 14 días de vacaciones, resulta, para un promedio mensual de $30, si presta servicios 22 días por mes $1.36 por día.
• Vacaciones = $ 4 x 9 x 14= $504,00 (parte fija)
• Vacaciones = $1.36 x 14 = $ 19,04 (parte variable)
• Total Vacaciones = $523,04.
Las vacaciones -si bien se abonan por adelantado por imperio de la ley- no constituyen un vale o anticipo de sueldo, sino que son remuneraciones desde todo punto de vista, por tanto deben instrumentarse con recibo de haberes, (y registrarse en el libro del art. 52 LCT), generando obligaciones para la seguridad social, y son renta gravada para el Impuesto a las Ganancias. Finalmente cabe aclarar que no es necesario emitir recibos por separado para las vacaciones (sería el caso en que se abona el sueldo y las vacaciones en la misma fecha), pero como es obligatorio pagarlas por adelantado es muy común que deban liquidarse en fecha distinta que el resto de las remuneraciones, en cuyo caso deberemos emitir un recibo para formalizar dicho pago.-
• El llamado "plus vacacional" surge:En el caso de los trabajadores mensualizados cada día de vacaciones se calcula dividiendo el sueldo mensual por 25 en lugar de por 30 (lo que representa un 20% de incremento).Con los datos del ejemplo sin remuneración variable el plus surge así:
• Tenemos Total vacaciones
$ 560.00
• Descuento de días de vacaciones
($466,67) = 1000/30x 14
• Plus Vacacional
$ 93,33 = 466.67 x 0,20
Con los datos del ejemplo con remuneración variable el plus surge como
• Tenemos Total vacaciones
$ 516.80
• Descuento de días de vacaciones
($466,67) = 1000/30 x 14
• Plus Vacacional
$ 110,13 = 466.67 x 0,20 + 16.80
de aquí surge que el importe correspondiente a las remuneraciones variables es plus "puro", circunstancia importante a considerar al generar la provisión por vacaciones, si existen remuneraciones variables.En el caso de los trabajadores jornalizados cada día de vacaciones se calcula del mismo modo que un día de trabajo normal, pero existe plus simplemente porque los días de licencia son corridos, en cambio el horario semanal normal no debe exceder las 48 horas.Con los datos del ejemplo sin remuneración variable el plus se determina como:
• Tenemos Total vacaciones
$ 504.00
• Si presumimos horario 8 horas x 5 días
($320,00) = 80 hs.(2 semanas) x $ 4
• Plus Vacacional
$ 184,00
Con los datos del ejemplo con remuneración variable el plus surge así:
• Tenemos Total vacaciones
$ 523.04
• Si presumimos horario 8 horas x 5 días
($320,00) = 80 hs.(2 semanas) x $4
• Plus Vacacional
$ 203,04
En ambos casos el monto del plus excede holgadamente el 20% sobre la remuneración fija, y depende de la jornada habitual del trabajador.Resta aclarar que el comportamiento de los topes previsionales, por Resolución 387/94 de la Subsecretaría de Seguridad Social, se estableció que los topes por vacaciones y aguinaldo deben aplicarse por separado de los restantes conceptos que se liquiden en el mismo período mensual, actualmente el valor máximo computable para 30 días asciende a $ 4800 (60 Mo.Pres) x $ 80), en el siguiente ejemplo resulta que, de ahí que por día se computarán 2 Mo.Pres ($ 160).Para un trabajador mensualizado que cobra habitualmente remuneraciones variables, que generaron un promedio de $ 4500, se han determinado en el mes de enero los siguientes conceptos:
Concepto
Unid
Importe
Sueldo Básico
30 días
1000,00
Comisiones
750,00
Vacaciones Parte Fija
14 días
560,00 (*)
Vacaciones Parte variable
14 días
2520,00 (**)
Desc. de días vacaciones
14 días
-466,67
Total bruto
4363,33
(*) - (1000/25 X 14) / (**) - (4500/25 x 14).
Para determinar los importes imponibles consideraremos:1) La remuneración correspondiente a las vacaciones que es de 14 días, es decir un tope de = 14 x $160 = $2240, que validaremos contra la suma de los conceptos de vacaciones fijas y variables, es decir $560+$ 2520= 3080 y resulta que el tope es inferior a éste último valor, por tanto computarán $2240.-2) La remuneración del mes está conformada por los días de sueldo que suman 30 - 14 = 16.Y utilizando el mismo mecanismo resulta 16 x $160 = $ 2560 que validaremos contra la suma de los conceptos del mes, es decir $1000 - 466,67+750 = $1283,33 y resulta que el tope es superior a éste último valor, por tanto computaremos $1283,33.-Finalmente consideramos ahora la suma de ambas remuneraciones imponibles, resultando:
• Por 16 días de sueldo
$1283,33
• Por 14 días de vacaciones
$2240,00
• Total imponible
$3523,33
Cabe destacarse que sin perjuicio de que el total bruto ($4363,33) es inferior al tope para 30 días ($4800), la remuneración imponible ($3523,33) resulta notoriamente inferior a la primera.-
Según el art. 155 de la LCT, la remuneración del trabajador durante la licencia se determinará considerando en primer término los ítems habituales o fijo y luego los conceptos variables, la norma establece que deben considerarse todos:• Respecto de los conceptos fijos
a) Para el caso de trabajadores mensualizados = (Sueldo/25) x Días de Vacaciones.• Ejemplo Trabajador con un sueldo de $1000 y 14 días de vacaciones, resulta: Vacaciones = $1000 / 25 x 14 = $560.
Y siempre se aplica el valor del salario vigente al inicio de las vacaciones, y en caso de que este sufra un incremento durante la licencia habrá que practicar el ajuste correspondiente.
b) Para el caso de trabajadores jornalizados: Se liquidará la licencia sobre la base del jornal horario respetando la extensión de la jornada real tanto si es mayor o menor a 8 horas, y teniendo presente que la jornada normal diaria se extiende hasta las 9 horas, por tanto en caso de exceder este tope, se trata de horas extras que serán computadas como remuneraciones variables.• Ejemplo Trabajador con un jornal horario de $4,00 jornada de 8 horas y 14 días de vacaciones, resulta:Vacaciones = $ 4 x 9 x 14 = $504.Y vale el comentario realizado sobre los mensualizados.
• Respecto de los conceptos variables (comisiones, horas extras, adicionales, etc.)
Se promedian los importes generados durante el año al que corresponde la licencia, y luego se hace lo propio con las sumas correspondientes al semestre anterior al comienzo de las vacaciones, el mejor de los valores obtenidos será el que se aplique al pago, ya que la ley establece que sea "a opción del trabajador".• Ejemplo Trabajador con un sueldo de $1000 y 14 días de vacaciones, que presta servicios desde el 1° de marzo, y que generó en concepto de horas extras $300 hasta el 31 de diciembre, y que inicia la licencia en febrero del año siguiente, si durante el semestre agosto/enero realizó horas extras por $150 resulta:
1. Promedio del año de licencia $300/10 = $30 por mes (se debe a que promediaremos sobre los meses que hubo contrato laboral.
2. Promedio del semestre anterior a la licencia $150/6 = $25 por mes. Por tanto resulta más conveniente para el dependiente el 1° promedio que se aplica así:
• Vacaciones = $1000 / 25 x 14 = $560,00 (parte fija)
• Vacaciones = $ 30 / 25 x 14 = $ 16,80 (parte variable)
• Total Vacaciones = $576,80.
Similarmente se da en el caso de personal jornalizado, supongamos que tenemos los mismos datos, entonces resultaría:• Ejemplo Trabajador con un jornal horario de $4,00 jornada de 8 horas y 14 días de vacaciones, resulta, para un promedio mensual de $30, si presta servicios 22 días por mes $1.36 por día.
• Vacaciones = $ 4 x 9 x 14= $504,00 (parte fija)
• Vacaciones = $1.36 x 14 = $ 19,04 (parte variable)
• Total Vacaciones = $523,04.
Las vacaciones -si bien se abonan por adelantado por imperio de la ley- no constituyen un vale o anticipo de sueldo, sino que son remuneraciones desde todo punto de vista, por tanto deben instrumentarse con recibo de haberes, (y registrarse en el libro del art. 52 LCT), generando obligaciones para la seguridad social, y son renta gravada para el Impuesto a las Ganancias. Finalmente cabe aclarar que no es necesario emitir recibos por separado para las vacaciones (sería el caso en que se abona el sueldo y las vacaciones en la misma fecha), pero como es obligatorio pagarlas por adelantado es muy común que deban liquidarse en fecha distinta que el resto de las remuneraciones, en cuyo caso deberemos emitir un recibo para formalizar dicho pago.-
• El llamado "plus vacacional" surge:En el caso de los trabajadores mensualizados cada día de vacaciones se calcula dividiendo el sueldo mensual por 25 en lugar de por 30 (lo que representa un 20% de incremento).Con los datos del ejemplo sin remuneración variable el plus surge así:
• Tenemos Total vacaciones
$ 560.00
• Descuento de días de vacaciones
($466,67) = 1000/30x 14
• Plus Vacacional
$ 93,33 = 466.67 x 0,20
Con los datos del ejemplo con remuneración variable el plus surge como
• Tenemos Total vacaciones
$ 516.80
• Descuento de días de vacaciones
($466,67) = 1000/30 x 14
• Plus Vacacional
$ 110,13 = 466.67 x 0,20 + 16.80
de aquí surge que el importe correspondiente a las remuneraciones variables es plus "puro", circunstancia importante a considerar al generar la provisión por vacaciones, si existen remuneraciones variables.En el caso de los trabajadores jornalizados cada día de vacaciones se calcula del mismo modo que un día de trabajo normal, pero existe plus simplemente porque los días de licencia son corridos, en cambio el horario semanal normal no debe exceder las 48 horas.Con los datos del ejemplo sin remuneración variable el plus se determina como:
• Tenemos Total vacaciones
$ 504.00
• Si presumimos horario 8 horas x 5 días
($320,00) = 80 hs.(2 semanas) x $ 4
• Plus Vacacional
$ 184,00
Con los datos del ejemplo con remuneración variable el plus surge así:
• Tenemos Total vacaciones
$ 523.04
• Si presumimos horario 8 horas x 5 días
($320,00) = 80 hs.(2 semanas) x $4
• Plus Vacacional
$ 203,04
En ambos casos el monto del plus excede holgadamente el 20% sobre la remuneración fija, y depende de la jornada habitual del trabajador.Resta aclarar que el comportamiento de los topes previsionales, por Resolución 387/94 de la Subsecretaría de Seguridad Social, se estableció que los topes por vacaciones y aguinaldo deben aplicarse por separado de los restantes conceptos que se liquiden en el mismo período mensual, actualmente el valor máximo computable para 30 días asciende a $ 4800 (60 Mo.Pres) x $ 80), en el siguiente ejemplo resulta que, de ahí que por día se computarán 2 Mo.Pres ($ 160).Para un trabajador mensualizado que cobra habitualmente remuneraciones variables, que generaron un promedio de $ 4500, se han determinado en el mes de enero los siguientes conceptos:
Concepto
Unid
Importe
Sueldo Básico
30 días
1000,00
Comisiones
750,00
Vacaciones Parte Fija
14 días
560,00 (*)
Vacaciones Parte variable
14 días
2520,00 (**)
Desc. de días vacaciones
14 días
-466,67
Total bruto
4363,33
(*) - (1000/25 X 14) / (**) - (4500/25 x 14).
Para determinar los importes imponibles consideraremos:1) La remuneración correspondiente a las vacaciones que es de 14 días, es decir un tope de = 14 x $160 = $2240, que validaremos contra la suma de los conceptos de vacaciones fijas y variables, es decir $560+$ 2520= 3080 y resulta que el tope es inferior a éste último valor, por tanto computarán $2240.-2) La remuneración del mes está conformada por los días de sueldo que suman 30 - 14 = 16.Y utilizando el mismo mecanismo resulta 16 x $160 = $ 2560 que validaremos contra la suma de los conceptos del mes, es decir $1000 - 466,67+750 = $1283,33 y resulta que el tope es superior a éste último valor, por tanto computaremos $1283,33.-Finalmente consideramos ahora la suma de ambas remuneraciones imponibles, resultando:
• Por 16 días de sueldo
$1283,33
• Por 14 días de vacaciones
$2240,00
• Total imponible
$3523,33
Cabe destacarse que sin perjuicio de que el total bruto ($4363,33) es inferior al tope para 30 días ($4800), la remuneración imponible ($3523,33) resulta notoriamente inferior a la primera.-
jueves, marzo 05, 2009
REVISEN LA PLANILLA LIQUIDACIÓN DE GANANCIAS-4TA. CATEGORÍA
HEMOS DETECTADO PLANILLAS QUE ESTÁN MAL CONFECCIONADAS, COMPAÑEROS, CASADOS Y CON HIJOS, LOS HICIERON FIGURAR COMO SOLTEROS Y SIN HIJOS, Y LE DETERMINARON EL MÍNIMO IMPONIBLE DE UN SOLTERO $ 52.200, Y POR LO TANTO PAGARON GANANCIAS, Y LO CORRECTO ERA CASADO Y CON DOS HIJOS, UN MÍNIMO IMPONIBLE DE $ 72.202, Y NO HUBIERAN TRIBUTADO, POR LO EXPUESTO LA SITUACIÓN ES PREOCUPANTE, ADEMÁS TODOS TIENEN QUE MIRAR LA PLANILLA PARA EVITAR QUE EN UN FUTURO INMEDIATO NO LE SUCEDA LO MISMO, ES DECIR QUE SI ESTÁN CASADOS Y TIENEN HIJOS , QUEDÉ REGISTRADO.-
miércoles, febrero 25, 2009
SEGUNDA NOTA, ENVIADA A LA MINISTRA DE DEFENSA
PUNTA ALTA, 25-02-09
Sra. Ministra de Defensa Dra. Nilda Garré
S/D
De mi consideración:
Con el debido respeto , me dirijo a Ud. , a los efectos de reiterarle, los conceptos expuestos en correo electrónico, enviado el 15-12-08, a continuación detallo los mismos:
Considero que los trabajadores civiles de las fuerzas armadas comprendidos bajo la LEY 20239/73-LEY MARCO y DECRETO 214/06, tenemos que cobrar la retribución vacacional, establecida en el artículo 155 de la LEY 20744 (LEY DE CONTRATO DE TRABAJO), necesitamos con carácter de MUY URGENTE, que se aplique dicho pago, dado que la misma Ley en su artículo 256, establece que los créditos tienen una duración de 2 años, nos estarían adeudando los períodos vacacionales del 2008 y del 2009.
Los trabajadores civiles del INSTITUTO GEOGRÁFICO MILITAR que también están comprendidos bajos la LEY 20239/73-LEY MARCO y DECRETO 214/06, como los trabajadores civiles de las fuerzas armadas, cobraron los 2 años.
Además los términos expuestos en el Artículo 3 del Decreto 214/2006 (Las cláusulas del presente Convenio quedan incorporadas a los contratos individuales existentes al momento de su entrada en vigencia y sólo podrán ser modificados, con efecto en dichos contratos individuales, por acuerdo colectivo de los signatarios del Convenio.Si durante la vigencia del presente Convenio se dictaran leyes o actos administrativos, que alcancen a algún sector de trabajadores comprendidos, y cuya aplicación resultara más beneficiosa para dicho personal, las mismas podrán ser incorporadas al convenio general o sectorial, según corresponda, previa consulta a la Comisión Permanente de Aplicación yRelaciones Laborales (en adelante, Co.P.A.R.) establecida conforme al artículo 79 del presente), avalarían nuestro reclamo.-
Soy consciente que la cantidad de trabajadores del INSTITUTO es sumamente inferior a la totalidad de los trabajadores civiles de las fuerzas armadas, pero se podría establecer por el importe de los 2 años , un pago en cuotas, dado que en un gobierno democrático, el beneficio que brinda una ley, tiene que ser aplicado para todos sus beneficiarios, no se puede discriminar.
Sin otro particular y a la espera de una respuesta favorable, saludo a Ud. atentamente.-
Sra. Ministra de Defensa Dra. Nilda Garré
S/D
De mi consideración:
Con el debido respeto , me dirijo a Ud. , a los efectos de reiterarle, los conceptos expuestos en correo electrónico, enviado el 15-12-08, a continuación detallo los mismos:
Considero que los trabajadores civiles de las fuerzas armadas comprendidos bajo la LEY 20239/73-LEY MARCO y DECRETO 214/06, tenemos que cobrar la retribución vacacional, establecida en el artículo 155 de la LEY 20744 (LEY DE CONTRATO DE TRABAJO), necesitamos con carácter de MUY URGENTE, que se aplique dicho pago, dado que la misma Ley en su artículo 256, establece que los créditos tienen una duración de 2 años, nos estarían adeudando los períodos vacacionales del 2008 y del 2009.
Los trabajadores civiles del INSTITUTO GEOGRÁFICO MILITAR que también están comprendidos bajos la LEY 20239/73-LEY MARCO y DECRETO 214/06, como los trabajadores civiles de las fuerzas armadas, cobraron los 2 años.
Además los términos expuestos en el Artículo 3 del Decreto 214/2006 (Las cláusulas del presente Convenio quedan incorporadas a los contratos individuales existentes al momento de su entrada en vigencia y sólo podrán ser modificados, con efecto en dichos contratos individuales, por acuerdo colectivo de los signatarios del Convenio.Si durante la vigencia del presente Convenio se dictaran leyes o actos administrativos, que alcancen a algún sector de trabajadores comprendidos, y cuya aplicación resultara más beneficiosa para dicho personal, las mismas podrán ser incorporadas al convenio general o sectorial, según corresponda, previa consulta a la Comisión Permanente de Aplicación yRelaciones Laborales (en adelante, Co.P.A.R.) establecida conforme al artículo 79 del presente), avalarían nuestro reclamo.-
Soy consciente que la cantidad de trabajadores del INSTITUTO es sumamente inferior a la totalidad de los trabajadores civiles de las fuerzas armadas, pero se podría establecer por el importe de los 2 años , un pago en cuotas, dado que en un gobierno democrático, el beneficio que brinda una ley, tiene que ser aplicado para todos sus beneficiarios, no se puede discriminar.
Sin otro particular y a la espera de una respuesta favorable, saludo a Ud. atentamente.-
martes, febrero 24, 2009
PRESTAR ATENCIÓN- ES MUY IMPORTANTE
A CONTINUACIÓN DETALLO EL ARTÍCULO 3 DEL DECRETO 214/2006:
ARTICULO 3º.- Las cláusulas del presente Convenio quedan incorporadas a los contratos
individuales existentes al momento de su entrada en vigencia y sólo podrán ser modificados,
con efecto en dichos contratos individuales, por acuerdo colectivo de los signatarios del
Convenio.
Si durante la vigencia del presente Convenio se dictaran leyes o actos administrativos, que
alcancen a algún sector de trabajadores comprendidos, y cuya aplicación resultara más
beneficiosa para dicho personal, las mismas podrán ser incorporadas al convenio general o
sectorial, según corresponda, previa consulta a la Comisión Permanente de Aplicación y
Relaciones Laborales (en adelante, Co.P.A.R.) establecida conforme al artículo 79 del
presente.
ARTICULO 3º.- Las cláusulas del presente Convenio quedan incorporadas a los contratos
individuales existentes al momento de su entrada en vigencia y sólo podrán ser modificados,
con efecto en dichos contratos individuales, por acuerdo colectivo de los signatarios del
Convenio.
Si durante la vigencia del presente Convenio se dictaran leyes o actos administrativos, que
alcancen a algún sector de trabajadores comprendidos, y cuya aplicación resultara más
beneficiosa para dicho personal, las mismas podrán ser incorporadas al convenio general o
sectorial, según corresponda, previa consulta a la Comisión Permanente de Aplicación y
Relaciones Laborales (en adelante, Co.P.A.R.) establecida conforme al artículo 79 del
presente.
COMO VERÁN EL CONTENIDO DE ESTE ARTÍCULO , SIRVE PARA CONSOLIDAR TOTALMENTE EL PAGO DE LA RETRIBUCIÓN VACACIONAL , DADO QUE EL PERSONAL DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO MILITAR , ES UN SECTOR QUE ESTÁ COMPRENDIDO , COMO LOS TRABAJADORES CIVILES DE LA FUERZAS ARMADAS, DENTRO DEL DECRETO 214/06, POR LO TANTO COMO ELLOS COBRARON LA RETRIBUCIÓN VACACIONAL, TAMBIEN SE TIENE QUE HACER EFECTIVO HACIA TODOS LOS SECTORES, QUE ESTÁN DENTRO DEL CITADO DECRETO.-
domingo, febrero 22, 2009
NO BAJEMOS LOS BRAZOS
Nuevamente insisto sobre el tema de la RETRIBUCIÓN VACACIONAL, que tienen que cobrar los trabajadores civiles de las fuerzas armadas, en el area de PUERTO BELGRANO, aproximadamente la suma adeudada rondaría en $ 6.000.000, es por el período de 2 años, o sea vacaciones que se tomaron en el 2008 y vacaciones período enero-febrero 2009.Actualmente los REPRESENTANTES GREMIALES tienen en su poder todo la documentación , para poder demostrar la legitimidad del cobro, también las autoridades del ARSENAL NAVAL PUERTO BELGRANO.
Considero que para los trabajadores y para todo el movimiento comercial de la ciudad de PUNTA ALTA y sus alrededores, es una suma importante, para estos momentos económicos tan díficles que se avecinan.
Considero que para los trabajadores y para todo el movimiento comercial de la ciudad de PUNTA ALTA y sus alrededores, es una suma importante, para estos momentos económicos tan díficles que se avecinan.
martes, febrero 17, 2009
lunes, febrero 16, 2009
NO TENEMOS QUE PERMITIR QUE NOS DISCRIMINEN
EXACTAMENTE, LOS TRABAJADORES CIVILES DE LAS FUERZAS ARMADAS , TENEMOS QUE EXIGIR QUE NOS PAGUEN ( LA RETRIBUCIÓN VACACIONAL- ARTÍCULO 155 DE LA LEY 20744-CONTRATO DE TRABAJO), NOS DEBEN 2 AÑOS , ES UNA SUMA IMPORTANTE, YA LO COBRÓ UN SECTOR (INSTITUTO GEOGRAFICO MILITAR), QUE ESTÁN COMO NOSOTROS DENTRO DE LA LEY 20239/73 Y DEL DECRETO 214.-
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