BASTA DE CONTRATOS ESCLAVOS

BASTA DE CONTRATOS ESCLAVOS

viernes, junio 29, 2007

ACTA-27-06-07- REFERENTE A LA SUMA FIJA DE $200,00-


Personal Civil FF.AA. » Acta 27 de junio 07- Personal Civil.-
Se convierten en remunerativa a partir de octubre 07 la suma fija de $ 200 y en bonificables a partir de enero 2008.
En la ciudad de Buenos Aires, a los 27 días de Junio de 2007, siendo las 16.00 horas en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, ante el Señor Subsecretario de Relaciones Laborales, Dr. Guillermo ALONSO NAVONE para el Convenio Sectorial para el PERSONAL CIVIL DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD asistido por el Lic. Eduardo BERMÚDEZ de la DIRECCIÓN DE RELACIONES INDIVIDUALES y por la Señora Marcela CASTRO del DEPARTAMENTO DE RELACIONES LABORALES Nº 1 de la DNRT comparecen en representación de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Sr. Subsecretario de Coordinación y Evaluación Presupuestaria Dr. Julio VITOBELLO y el Sr. Lic. Norberto PEROTTI, en representación de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA, su titular, el Dr. Juan Manuel ABAL MEDINA, el Lic. Eduardo SALAS, Dra. Amalia DUARTE de BORTMAN y el Lic. Lucas NEJAMKIS, del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el titular de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA, el Lic. Raúl RIGO, Lic. Carlos SANTAMARIA y el Arq. Eduardo SAMPAYO y el Dr. Jorge CARUSO; en representación del MINISTERIO DEL INTERIOR, el Dr. Daniel FIHMAN en su carácter de Director de Desarrollo de RRHH, Oscar GONZALEZ CARVAJAL en su carácter de Director General de RRHH y José Lucas GANCERAIN en su carácter de Subsecretario de Coordinación, en representación del MINISTERIO DE DEFENSA el Sr. Carlos Edmundo BORGHINI en su carácter de Director General de RRHH, y Hugo Tomás CORMICK en su carácter de Subsecretario de Coordinación, todos ellos por parte del Estado Empleador, y por parte gremial, en representación de la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION, los Sres. Omar AUTON, Hugo SPAIRANI, Carlos CAPURRO, Karina TRIVISONNO y Felipe CARRILLO; en representación de la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO, los Sres. Eduardo DE GENNARO y Rubén MOSQUERA, Oscar REY, y Luís MACEIROS y en representación de la UNION PERSONAL CIVIL DE LAS FUERZAS ARMADAS, los Sres. Juan Carlos FRAGUGLIA, José Eduardo LAUCHERI, Enrique TIZON y Julio VAZQUEZ.
Cedida la palabra a las partes, acuerdan: PRIMERO: Convertir en remunerativa y no bonificable, a partir del 1º de Octubre de 2007, la Suma Fija de $ 200 concedida por la cláusula segunda del Acta de fecha 28/9/06, y complementarias para cada uno de los agentes que conforman el escalafón del Personal Civil de las Fuerzas Armadas regidos por el estatuto aprobado por la Ley Nº 20.239. SEGUNDO: Convertir en remunerativa y no bonificable, a partir del 1º de Octubre de 2007, la Suma Fija de $ 200 con el alcance y proporcionalidad concedida en los incisos a) y b) de la cláusula Tercera del Acta de fecha 28/9/06, y complementarias, para cada uno de los agentes comprendidos en el Estatuto del Personal Docente Civil de las Fuerzas Armadas (Ley 17409). TERCERO: Con la finalidad de contribuir a la compensación del costo que representan los aportes personales establecidos por Ley por la conversión acordada en las cláusulas que anteceden, por cada UN PESO ($1) que corresponda al personal beneficiario de los conceptos que se convierten, se abonará UN PESO CON DOSCIENTOS CINCO MILESIMOS ($ 1,205). CUARTO: Incorporar, a partir del 1/1/08, en la Asignación de la Categoría del personal comprendido en el escalafón del Personal Civil de las Fuerzas Armadas regidos por el estatuto aprobado por la Ley Nº 20.239, la Suma Fija convertida en remunerativa por el punto PRIMERO del presente acuerdo. Dicha Suma será incorpora en el SUELDO BASICO y la BONIFICACION ESPECIAL en la proporción que consta en la grilla del Anexo I que las partes aprueban en este acto QUINTO: Convertir en bonificables, a partir del 1/1/08, la Suma Fija remunerativa establecida por el punto SEGUNDO del presente acuerdo para el personal comprendido en el Estatuto del Personal Docente Civil de las Fuerzas Armadas (Ley 17409).
Cedida la palabra a la representación sindical, ésta en su conjunto manifiesta: Que sin perjuicio de aceptar el presente acuerdo considera necesario efectuar manifestaciones al respecto en acta complementaria. – No siendo para más se da por finalizado el presente acto firmando los comparecientes de conformidad ante mí que CERTIFICO. - ANEXO I PERSONAL CIVIL DE LAS FUERZAS ARMADAS ESCALA SALARIAL VIGENTE A PARTIR DEL 1º DE ENERO DE 2008 (Con integración de la suma fija establecida por Decreto Nº 1668/06) .-
EJEMPLOS DE ALGUNAS CATEGORÍAS.-
CATEGORÍA 30: ASIGNACIÓN DE LA CATEGORÍA $ 1.935,00
CATEGORÍA 15: ASIGNACIÓN DE LA CATEGORÍA $ 993,00
CATEGORÍA 1: ASIGNACIÓN DE LA CATEGORÍA $ 809,00

1 comentario:

manuel dijo...

soy un joven abogado de cordoba y estoy haciendo un tramite a un docente civil de las fuerzas armadas tratando de lograr el reajuste de su haber jubilatorio y quisiera contactarme con uds. a fin de de que me proporcionen informacion al respecto y de sus proyectos de ley, desde ya muchas gracias!

manuel carranza
3516312619

TODOS JUNTOS

TODOS JUNTOS

LAMENTABLEMENTE LA LETRA DE ESTE TANGO, EN MUCHOS CASOS, SIGUE VIGENTE